Declaración de la Renta

Si firmaste tu hipoteca antes de 2013, así puedes deducirte hasta 2.000 euros en la declaración de la Renta

En la declaración de la Renta existen una serie de deducciones que poca gente conoce. Así puedes deducirte un dineral de forma sencilla

Si vas a hacer la declaración de la renta por internet, cuidado: así van a intentar robarte el dinero
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Cada vez está más cerca la campaña de la declaración de la Renta 2025, por lo que es fundamental entender cómo funciona para no llevarnos una sorpresa y tener que pagar un dineral. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España se basa en un sistema progresivo, donde el resultado final de la declaración puede salir a pagar o a devolver, dependiendo de las retenciones aplicadas a lo largo del año y las deducciones fiscales a las que se tenga derecho.

Ahora bien, la mayoría de las personas desconocen que existen algunas estrategias legales para reducir la carga fiscal y mejorar el resultado de su declaración. De esta manera, la mejor forma de pagar menos es aprovechando las deducciones y desgravaciones fiscales permitidas por la normativa. Estas reducciones permiten restar ciertos gastos de los ingresos brutos, disminuyendo así el importe total a pagar en la declaración.

Así puedes deducirte 2.000 euros en la declaración de la Renta

Toda persona que haya adquirido una vivienda con un préstamo hipotecario anterior al día 1 de enero de 2013 tiene la posibilidad de desgravar en la declaración de la Renta por una deducción por inversión en vivienda habitual. De esta manera, pueden atribuirse una deducción fiscal de hasta un 15% de sus contribuciones, teniendo en cuanta una limitación de hasta 9.040 euros por cada contribuyente, en caso de que la hipoteca tenga más de un titular y cada uno de ellos opte por una declaración individual.

Según informa el portal Tricoteca, te puedes ahorrar unos 1.350 euros, cifra que sale de una deducción del 15% de lo que se ha pagado en un año sobre la base máxima de 9.040 euros. En caso de que la hipoteca esté firmada por dos personas, la cantidad se duplicaría hasta pasar los 2.000 euros.

Para poder beneficiarse este tipo de deducción, se debe tener como residencia habitual desde hace al menos 3 años. También cabe destacar que son deducibles tanto los intereses del préstamo hipotecario como los gastos de formalización de la hipoteca y los de las primas de seguros de vida o de protección de pagos vinculados al préstamo hipotecario a los que pudiera estar obligado el contribuyente a la hora de formalizar el contrato de la deuda contraída con el banco.

Los casos en los que se puede aplicar esta deducción a parte del anterior mencionado son:

  • Si has pagado cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que las citadas obras hayan finalizado antes del 1 de enero de 2017.
  • Si has pagado cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad, siempre y cuando las citadas obras o instalaciones hayan finalizado antes de 1 de enero de 2017.

En todo caso, para poder aplicar la deducción por vivienda habitual se exige que te hayas aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores, salvo que no la hayas aplicado en dichos años porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores, no hubieras tenido cuota íntegra para aplicarla (salvo que ello obedezca a un error en cuyo caso habrá que estas a las circunstancias de cada caso) o no hubieses estado obligado a presenta declaración.

¿Qué se considera como vivienda habitual?

Ante esta posible deducción, debemos atender a lo que la Agencia Tributaria entiende por vivienda habitual. Por ello, la edificación que cumpla los siguientes requisitos puede optar a esta desgravación:

1. Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de al menos tres años. No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como:

  • celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas
  • Se entenderá igualmente como circunstancia que necesariamente exige el cambio de vivienda el hecho de que la anterior resulte inadecuada como consecuencia de la discapacidad del propio contribuyente o de su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado inclusive, que conviva con él o ella.

2. Que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras. No obstante, se entenderá que la vivienda adquirida no pierde el carácter de habitual cuando se produzcan las circunstancias señaladas anteriormente y cuando el contribuyente disfrute de vivienda habitual por razón de cargo o empleo y la vivienda adquirida no sea objeto de utilización. En este supuesto, el plazo de doce meses comenzará a contarse a partir de la fecha del cese en el correspondiente cargo o empleo.

Otras deducciones en la declaración de la Renta

Deducciones por alquiler

El alquiler de vivienda habitual también puede proporcionar deducciones, aunque las condiciones varían según la comunidad autónoma. Algunas regiones ofrecen beneficios fiscales para jóvenes, mayores de 65 años, personas con discapacidad, familias numerosas. Sin embargo, si el contrato de alquiler es anterior al 1 de enero de 2015, es posible deducirse hasta un 10,05% de lo abonado, siempre que la base imponible no supere los 24.107,20 euros anuales.

Deducciones por financiación de nuevas empresas y patrimonio histórico

Para quienes invierten en el crecimiento de nuevas empresas (startups), el sistema fiscal permite deducirse hasta un 30% de las inversiones realizadas en participaciones de empresas emergentes. En este caso, la base máxima de deducción es de 60.000 euros. Además, existen beneficios fiscales para quienes realizan inversiones en el Patrimonio Histórico Español o del Patrimonio Mundial, con deducciones de hasta un 15% en los gastos destinados a la rehabilitación o mantenimiento de bienes de interés cultural.