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Subsidios

Este es el subsidio del SEPE que te obliga a hacer la declaración de la renta

Los ciudadanos que perciban el subsidio para mayores de 52 años estarán obligados a realizar el IRPF

Una persona mayor sentada en una silla larazon

Cuando se alcanza una edad considerable, lograr un empleo supone todo un reto. A pesar de contar con experiencia gracias a sus años en el mercado laboral, las empresas optan por otras opciones, generando ciertas inseguridades económicas en los ciudadanos.

Por este motivo, la Seguridad Social ha creado un subsidio dedicado a las personas mayores de 52 años que se encuentran sin trabajo. Se trata de una ayuda que otorga el organismo público a aquellos ciudadanos que superan esta edad y que han agotado la prestación o subsidio por desempleo. Cuándo esto ocurre, el ciudadano puede solicitar este subsidio que le permite seguir cotizando para la jubilación mientras se percibe.

No obstante, para este 2025 se ha incluido una novedad que deben cumplir todos los ciudadanos beneficiados de este subsidio.

Obligación de presentar la declaración de la renta

Según aparece en la página web de la Seguridad Social, si se está percibiendo un subsidio por desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024 aprobado de acuerdo al Real Decreto Ley 2/2024, de 21 de mayo, tendrás la obligación de presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ante la Administración Tributaria correspondiente. Se trata de una obligación de cada ciudadano si se quieren mantener la ayuda, por lo que el propio Ministerio de Trabajo ya ha abierto la opción de realizar el IRPF para estos casos.

Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años

Puedes ser persona beneficiaria de este subsidio si cumples los siguientes requisitos:

  • Haber agotado el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad, una prestación contributiva por desempleo, en este caso, se elimina la exigencia de permanecer inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el plazo de un mes, por lo que la fecha del hecho causante es la del agotamiento de la prestación contributiva.
  • Acreditar situación legal de desempleo el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad, habiendo cotizado al menos noventa días.
  • Tener 52 años en la fecha en la que se encuentre.
  • Estar en desempleo total o trabajando a tiempo parcial.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo, y haber suscrito el acuerdo de actividad.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. También puedes acceder a este subsidio si reunías todos los requisitos excepto tener 52 años cumplidos cuando agotaste la prestación contributiva o acreditaste situación legal de desempleo y al menos 90 días de cotización. En este caso, puedes solicitar el acceso a este subsidio a partir de la fecha en que cumplas dicha edad, siempre que en la fecha de la presentación de la solicitud cumplas el requisito de carencia de rentas, y hayas permanecido inscrito o inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo desde la fecha del agotamiento de la prestación contributiva o de la situación legal de desempleo, hasta la fecha de la solicitud del subsidio.
  • Haber cotizado en España por la contingencia de desempleo durante, al menos, seis años a lo largo de tu vida laboral.
  • Acreditar, en la fecha de presentación de la solicitud, que cumples el requisito de carencia de rentas propias. El cumplimiento de este requisito deberás mantenerlo durante todo el tiempo de percepción del subsidio.

Además de estos requisitos, el ciudadano deberá actualizar cualquier cambio que se produzca para conocer si puede seguir percibiendo la ayuda. Cualquier cambio que no sea notificado podría llevar a sanciones por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Por otro lado, si no se cumplen las obligaciones establecidas en las condiciones, el ciudadano será susceptible de perder el subsidio.

Cuantía del subsidio

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), lo que supone un ingreso total de 480 euros mensuales en 12 pagas anuales. Por tanto, el total a recibir durante un año es de 5.760 euros siempre que se cumplan todos los requisitos durante el año.

Documentación necesaria para la solicitud

Para poder realizar la solicitud del subsidio, la Seguridad Social requiere la siguiente documentación:

  • Modelo oficial de solicitud. (contiene la declaración responsable de rentas e ingresos obtenidos durante el mes natural anterior a la solicitud, de la persona solicitante).
  • Documento de identificación de la persona solicitante (solamente es necesaria su exhibición para verificar los datos), que debe estar en vigor.
  • Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que seas titular y donde desees percibir la prestación.
  • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del último ejercicio fiscal.
  • En el supuesto de que la entidad gestora lo requiera, debes presentar el justificante de rentas.