Pensiones
Esta será la edad de jubilación en 2022
Se incrementa año tras año hasta alcanzar los 67 años en 2027. El año nuevo también trae modificaciones en los coeficientes reductores que se aplican a la jubilación anticipada e incentivos para retrasar el retiro
La edad legal de jubilación ordinaria aumenta año tras año, durante un periodo transitorio que comenzó en 2013 y terminará en 2027. En 2022 la edad legal de jubilación ordinaria serán los 66 años y 2 meses en el caso de que se acrediten menos de 37 años y 6 meses de cotizaciones. En cambio, para los trabajadores que hayan cotizado 37 años y 6 meses o más, en 2022 podrá jubilarse con 65 años. La edad de jubilación ordinaria seguirá incrementándose hasta alcanzar los 67 años en 2027 y para retirarse a los 65 años hará falta haber cotizado aún más tiempo. En concreto, a partir de 2027 la edad de jubilación ordinaria será de 67 años para el caso de aquellas personas que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses, y de 65 años si se acreditase un periodo de cotización de 38 años y 6 meses o más.
Estas son las edades de jubilación entre 2021 y 2027:
Jubilación anticipada en 2022
También existe la opción de jubilarse anticipadamente, hasta 24 meses antes de la edad legal ordinaria en caso de jubilación anticipada voluntaria (es decir, a partir de los 63 años o 64 años y 2 meses, dependiendo de los años de cotización que acredites), y hasta 48 meses antes en caso de jubilación anticipada involuntaria o forzosa (es decir, a partir de 61 años o 62 años y dos meses, dependiendo del número de años que hayas cotizado). No obstante, esto conlleva una merma de la cuantía de la pensión a través de coeficientes reductores. Y hay que tener en cuenta que a partir de enero de 2022 entran en vigor las modificaciones de los coeficientes reductores para las jubilaciones anticipadas, tanto voluntaria como forzosa.
Estos coeficientes pasan a ser mensuales frente al cálculo trimestral actual y se aplicarán directamente sobre la pensión y no en la base reguladora como hasta ahora. Esta medida afectará más a los trabajadores que venían cotizando por bases superiores a la pensión máxima y, por lo tanto, la pensión teórica calculada antes de aplicar los coeficientes por jubilación anticipada fuera superior a la pensión máxima. No obstante, en este caso los coeficientes se aplicarán de manera gradual en un plazo de 10 años, a contar desde 1 de enero de 2024.
Estos porcentajes, en el caso de las jubilaciones anticipadas voluntarias, irán desde un máximo del 21% a un mínimo del 2,81%. En cuanto a la jubilación anticipada forzosa o involuntaria van desde un 30% hasta un 0,5%. Sin embargo, estos últimos trabajadores podrán optar por los coeficientes aplicados a la voluntaria en los dos años anteriores a la edad legal si les son más favorables. Los nuevos coeficientes de la jubilación anticipada voluntaria, aplicables a partir de 2022, son mejores que los anteriores en casi todos los casos, salvo en el caso de adelantar la jubilación 23 y 24 meses (el máximo posible) y los casos de adelantar únicamente 3 meses o menos.
Retrasar edad de jubilación más allá de la edad legal
La reforma de las pensiones introduce a partir de 1 de enero de 2022 nuevos incentivos por retrasar la jubilación más allá de la edad ordinaria, destaca BBVA Mi Jubilación. Los causantes de pensión podrán optar entre:
- Un 4% de pensión adicional por cada año completo de retraso (y cotizado) respecto a la edad ordinaria.
- Un capital único a tanto alzado por cada año de retraso, en función de cual sea su importe de pensión y la duración de su carrera de cotización (premiando las de más de 44 años y medio). Esta cantidad ascenderá a entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros, por cada año de retraso.
- Una fórmula mixta que combinando las dos opciones anteriores.
Jubilación activa en 2022
BBVA Mi Jubilación recuerda que 2022 también trae cambios para la jubilación activa, es decir, la combinación de trabajo y pensión de jubilación cobrando un 50% del importe de la pensión que corresponda, o hasta un 100% para autónomos que tienen al menos una persona contratada. En concreto, a partir de 2022 se exigirá como condición para acceder a la misma el transcurso de al menos un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
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