Cargando...

Covid-19

¿Puede una empresa obligar a sus empleados a vacunarse?

Una situación que sí está avalada por los tribunales es la movilidad entre países. Podría exigirse a los trabajadores como condición para viajar al extranjero o para entrar a España. La decisión recae sobre los jueces

Una enfermera prepara la vacuna Pfizer-BioNtech contra la Covid-19 David ZorrakinoEuropa Press

A medida que se avanza en el proceso de vacunación contra la Covid-19, la controversia sobre su obligatoriedad se hace más patente. El ámbito laboral no se escapa de este debate y aunque la regla general tiende a la no obligatoriedad, los empresarios pueden jugar una papel clave en cuanto a la vacunación en sus empresas si deciden llevar el caso a juicio.

En España, la mitad de los ciudadanos preferiría «esperar a conocer los efectos» de la vacuna contra la Covid-19 antes de que se la administren, según la encuesta del CIS de noviembre, y España es el segundo país europeo con menor predisposición para vacunarse, tal como muestran datos de Ipsos y el Foro Económico Mundial, recogidos por la Universitat Oberta de Catalunya (UOC).

¿Qué dice la ley?

Atendiendo a la legislación actual en materia de salud y seguridad en el trabajo, Teresa Ezquerra, abogada del despacho Abencys, explica “que no cabría concluir que un empresario pueda obligar a un trabajador a vacunarse, sino al contrario. El empresario puede, si lo desea, ofrecer a sus empleados la vacunación frente a enfermedades no asociadas al puesto de trabajo, siendo estos quienes acepten dicho ofrecimiento de manera voluntaria”. Ello se deduce de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Pere Vidal, profesor colaborador de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC, remarca que el deber legal de protección, de seguridad y de salud de las empresas tiene su «límite en los derechos fundamentales de los trabajadores», lo que impediría la imposición de la vacuna. Aunque reconoce que podría darse una obligatoriedad para colectivos como «militares o personal sanitario» o para aquellos trabajadores «especialmente expuestos al riesgo», Vidal afirma que no se podría aprobar una normativa con carácter general «en ningún caso».

¿Qué otras leyes respaldan la no obligatoriedad?

En un ámbito más general, la Ley 41/2002, de 14 de noviembre sobre autonomía del paciente apunta a que la persona afectada puede aceptar o rechazar algunas terapias, aunque ese derecho a decidir tiene algunas excepciones, principalmente el riesgo a la salud pública, explica a Efe el abogado experto en temas de salud y profesor de la UOC José Enrique Pérez Palaci.

¿Qué leyes dan cobertura a una posible vacunación obligatoria?

La obligatoriedad o no de la vacuna supone un enfrentamiento de derechos. De nuevo más allá del ámbito laboral, la ley de bases de sanidad nacional de 1944 y la ley orgánica 3/1986 de medidas especiales para la salud pública dan cobertura a una posible vacunación obligatoria. En la ley 22/1980 que modifica la de 1944, se prevé concretamente que las vacunas contra la viruela, difteria y otras infecciones podrán ser declaradas obligatorias por el Gobierno.

También sigue vigente un decreto del año 1945 que aprobó el reglamento para la lucha de las enfermedades infecciosas. En su artículo 21, declara que podrán ser obligatorias para todos los ciudadanos españoles las vacunaciones contra la difteria y la viruela, “siendo sancionadas su falta de realización”.

Para juristas como Pérez Palaci, “por analogía” se podría asimismo declarar obligatoria la vacuna contra la Covid-19. Y aunque la ley de 2002 sobre la autonomía del paciente apunta a que la persona afectada puede aceptar o rechazar algunas terapias, ese derecho tiene algunas excepciones, como ya se comentaba, relacionadas con el riesgo a la salud pública. Ese riesgo está desarrollado en la ley orgánica 3/1986, que en su artículo 2 declara la posibilidad de que las autoridades tomen cualquier medida necesaria para preservar la salud pública, añade José Enrique Pérez Palaci.

¿Podrían imponérselo a los trabajadores en los tribunales?

Ante un posible conflicto entre la salud pública y determinados derechos individuales constitucionalmente reconocidos, deberá ser los jueces quienes den una solución a la cuestión. Teresa Ezquerra como que “a falta de legislación que actualmente imponga la obligatoriedad de la vacuna, entendemos que habrá de ser el empresario quién requiera judicialmente a sus empleados para que se vacunen, y los jueces quienes den la solución, atendiendo a las circunstancias de cada caso concreto”.

En este sentido, señala que ya existen como precedentes algunas resoluciones que han obligado a determinados individuos o colectivos a vacunarse, siendo la más relevante el Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Granada, de 24 de diciembre de 2010, por el que 35 niños fueron obligados, ante la negativa de sus padres, a vacunarse ante un brote de sarampión en un colegio.

Otra situación que sí está avalada por los tribunales con respecto a la obligatoriedad de la vacuna es la movilidad entre países. El profesor de derecho laboral de la UOC recuerda que hubo pilotos de aviones comerciales que fueron obligados por sentencia a vacunarse para entrar en países africanos, pero remarca que se trata de una «imposición del país, no de la empresa». «Con carácter general, puede exigirse para determinados viajes al extranjero o como condición para entrar en España», señala Pere Vidal.