Ingreso Mínimo Vital
Hasta 1.400 euros de ayuda: así queda el Ingreso Mínimo Vital en 2025 tras el incremento confirmado por el Gobierno
Tras la subida confirmada por el Gobierno de España, los beneficiarios notarán un incremento en la cuantía del IMV
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una de las herramientas que tiene el Gobierno de España para combatir la precariedad del país. Se trata de una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.
A partir del 1 de enero de 2025, estas ayudas ofrecidas han incrementado un 9%a raíz de la subida confirmada por el Gobierno, y tiene como objetivo mejorar el poder adquisitivo de las familias más necesitadas y reducir los efectos de la inflación.
No obstante, para poder solicitar esta prestación es necesario reunir una serie de requisitos que son de vital importancia para que la ayuda sea concedida. Una vez se confirme la entrega de la prestación, la Seguridad Social analiza cada caso para otorgar más o menos cantidad de dinero en función de las condiciones familiares.
Requisitos para acceder a la prestación no contributiva
Los requisitos establecidos para optar a la prestación son los siguientes:
- Tener residencia en España.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica: para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros. Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia.
- No tener un patrimonio neto valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital para una persona beneficiaria individual. En 2023 esto equivale a 20.353,62 euros.
Hasta 1.400 euros de ayuda
Según ha publicado el propio Gobierno a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social,el IMV beneficia a 2.050.000 personas que conviven en 674.000 hogares. Sin embargo, no todos los beneficiados reciben el mismo importe.
Las condiciones de la ayuda varían en función del número de personas de la unidad de convivencia, de tal manera que los ingresos quedan de la siguiente forma:
- 1 persona: 7.905 euros al año (658 euros al mes)
- 2 personas: 10.277 euros al año (856 euros al mes)
- 3 personas: 12.649 euros al mes (1.054 euros al mes)
- 4 personas: 15.021 euros al año (1.251 euros al mes)
- 5 personas: 17.392 euros al año (1.449 euros al mes)
A esta renta garantizada, hay que sumar aquellos complementos que sean otorgados a cada familia en función de sus características. Estos son:
- Monoparentalidad
- Discapacidad superior al 65%
Complemento de ayuda a la infancia
Además, las unidades familiares con menores cuentan con el Complemento de Ayuda a la Infancia, que añade entre 57,50 y 115 euros adicionales por hijo, dependiendo de su edad. Este complemento se concede automáticamente si se cumplen los requisitos, sin necesidad de presentar solicitudes adicionales.
¿Cómo solicitar el IMV?
El proceso de solicitud comenzó el pasado 1 de enero de 2025, y los interesados pueden rellenar la documentación pertinente a través de:
- Internet, con certificado electrónico o Cl@ve, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- Internet, sin certificado electrónico o sistema cl@ve, mediante el formulario especialmente habilitado por la Seguridad Social.
- Presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.
Además, durante el proceso de solicitud se requerirán varios documentos que acrediten la identidad, residencia, situación familiar o económica de la persona interesada.
¿Cuándo se paga el IMV?
El pago de la prestación será mensual y se efectúa por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestación. El INSS realiza el abono del el Ingreso Mínimo Vital entre el día 1 y el 4 de cada mes. En concreto, la norma establece que será el primer día hábil del mes en que se realiza el pago (a mes vencido) y siempre antes del cuarto día natural del mismo.
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