Tribunales

Ocho años de cárcel por abusar en Santiago de su hija de 16 años mientras dormía

El TSXG ratifica la condena y reafirma la credibilidad del testimonio de la víctima, que logró escapar y refugiarse en el baño

Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, que condenó a ocho años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a su hija de 16 años en su domicilio en Santiago de Compostela.

Además, el tribunal impone al condenado la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la víctima durante 15 años, así como la inhabilitación para cualquier trabajo que implique contacto con menores por un periodo de 12 años.

El condenado había recurrido la sentencia alegando que la prueba se basaba únicamente en la declaración de la víctima, a quien intentó desacreditar mencionando antecedentes psiquiátricos. Sin embargo, la Sala ha desestimado su recurso y ha reafirmado la veracidad del testimonio de la menor, que fue corroborado por múltiples pruebas periciales y testigos.

Hechos probados

En este sentido, y según la sentencia, los hechos ocurrieron en febrero de 2022. La víctima había comenzado a vivir con su padre tras recibir el alta en la unidad de psiquiatría del Complejo Hospitalario de Santiago.

La noche de los hechos, tras regresar juntos a casa, la menor se acostó en su cama y el procesado, aprovechando que compartían habitación, abusó de ella mientras dormía. Ante su resistencia y súplicas para que parara, el agresor persistió en su conducta hasta que la joven logró escapar y refugiarse en el baño.

Los magistrados han considerado clave el testimonio de la víctima, quien presentó síntomas compatibles con un trastorno de estrés postraumático tras los hechos. Además, su relato ha sido respaldado por la declaración de su madre, amigos, la tutora del instituto y la terapeuta que la atendió, quienes evidenciaron un cambio emocional significativo en la joven tras la agresión.

Fundamentos

El TSXG ha desestimado la argumentación de la defensa, que trató de desacreditar la versión de la víctima basándose en su estado de salud previo y en supuestas contradicciones.

La Sala ha señalado que el testimonio de la menor cumple con los criterios de credibilidad exigidos por la jurisprudencia, destacando su coherencia y la ausencia de motivación para una denuncia falsa.

Además, el tribunal ha subrayado la importancia de los informes psicológicos, que avalan el impacto emocional sufrido por la joven, y la pericia del Instituto de Medicina Legal de Galicia (IMELGA), que confirmó la consistencia de su relato.

La sentencia, que aún puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, mantiene, así, la pena de ocho años de prisión por un delito contra la libertad sexual. Además, establece la prohibición de acercarse a la víctima durante 15 años y la libertad vigilada durante seis años tras el cumplimiento de la pena, junto a una indemnización de 35.000 euros a la víctima por los daños sufridos.