Cataluña

El juicio del «procés» se aplaza hasta después de las municipales de 2019

Los directores de Prisiones de Cataluña decidirán el módulo y la celda que ocuparán los procesados, podrán ampliar el número de visitas y acordar que no se celebren en locutorios y facilitar los permisos extraordinarios por motivos de salud de familiares.

La ex presidenta del Parlament Carme Forcadell
La ex presidenta del Parlament Carme Forcadelllarazon

Los directores de Prisiones de Cataluña decidirán el módulo y la celda que ocuparán los procesados, podrán ampliar el número de visitas y acordar que no se celebren en locutorios y facilitar los permisos extraordinarios por motivos de salud de familiares.

Los ex altos cargos de la Generalitat y diputados del Parlament procesados y en prisión preventiva serán trasladados en cuestión de horas a cárceles de Cataluña, tras la decisión del Ministerio del Interior, del que es titular Fernando Grande-Marlaska, a la que no opuso reparo alguno el instructor del «procés», el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena. Desde el mismo momento en que ocupen una celda en la prisión catalana en la que sean ingresados, pasarán a depender del director respectivo del centro penitenciario, en todo lo referentes a cuestiones como el módulo en el que estarán destinados, actividades, disposición de determinados instrumentos –como ordenadores, ebooks, etc–, si estarán en celdas individuales o compartidas y especialmente por su relevancia, en todo aquello que afecta a las comunicaciones y la obtención de permisos extraordinarios. En un principio, quienes han solicitado cambio de centro penitenciario han sido Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Dolors Bassa, Carmen Forcadell y Oriol Junqueras, pero los otros cuatro encarcelados –Raül Romeva, Jordi Turull, Joaquim Forn y Josep Rull– solicitarán igualmente su traslado y tampoco habrá objeción alguna por el instructor.

Todo lo que afecta a la situación personal de los presos, como la solicitud de libertad provisional, debe ser autorizada en estos momentos por el instructor de la causa, pero una vez dicte el auto de finalización del procedimiento y éste pase a la Sala enjuiciadora, corresponderá a los magistrados que forman la misma resolver cualquier solicitud que pueda suponer un cambio en la situación de presos preventivos en que se encuentran actualmente.

Una situación de prisión provisional que se prolongará más de lo inicialmente apuntado, dado que la previsión inicial de que el juicio se celebrase el próximo otoño sufrirá un retraso por la batería de diligencias planteadas por las defensas de los procesados. Unas actuaciones que, según las fuentes consultadas, obligarán a posponer el comienzo de la vista oral hasta después de las elecciones municipales del próximo mes de mayo.

Durante ese periodo de prisión provisional, la dirección del centro es la que tiene la última palabra en lo que afecta a las comunicaciones de los presos. Así, el director, por cualquier razón que considere «justificada» puede hacer que las comunicaciones se celebren en una sala, sin cristales de por medio, o ampliar el número de ellas. Igual puede suceder en lo que se refiera a las comunicaciones familiares, que podrían tener «de forma mucho más cómoda y agradable» que las «normales», según señalaron fuentes conocedoras del asunto.

El otro aspecto relevante donde los procesados pueden «notar» favorablemente el cambio de prisión es el relativo a la concesión de permisos extraordinarios por motivos de salud de sus allegados. En un principio existe obligación de notificar la petición por ese motivo al instructor o a la Sala enjuiciadora, en función de si la causa está concluida o sigue en manos del primero; pero puede ocurrir que no se haya podido localizar con urgencia al instructor o presidente de la Sala y «por motivos de urgencia» el director les puede conceder dos días de permiso, para salir de prisión de forma inmediata, y comunicar esa circunstancia al juez o tribunal. Eso sí, deberían estar «custodiados» por las Fuerzas de Seguridad, que, en el caso de Cataluña, corresponde a los Mossos d´Esquadra.

Y es que si en un principio se pensaba que la estancia de estos presos en cárceles catalanas no se prolongaría más allá de octubre, ahora el panorama ha cambiado radicalmente y no es previsible que regresen a prisiones madrileña hasta, al menos, primavera del próximo año.

De acuerdo con el calendario que maneja el Tribunal Supremo, el juicio difícilmente se podrá celebrar antes de los comicios municipales de mayo de 2019. En primer lugar, porque el final de la instrucción se retrasa como consecuencia de la «batería» de diligencias pedidas por las defensas, las cuales serán admitidas en su inmensa mayoría por el instructor. No se pretende dar una sola opción para que denuncien en el Tribunal de Estrasburgo que se vulneraron sus derechos de defensa. De esta forma, la instrucción no concluirá, al menos, hasta la segunda o tercera semana de julio.

A partir de aquí se entraría en lo que se conoce como «fase intermedia» del proceso, que es la preparatoria al juicio oral. En esta fase, se otorgaría un plazo de 15 días hábiles a las partes para comparecer ante la Sala de enjuiciamiento y, posteriormente, otro amplio plazo, que podría incluso prorrogarse, para que Fiscalía y VOX presentasen sus correspondientes escritos de conclusiones provisionales, y, después, a las defensas. Esta fase podría concluir a finales de año; pero no es descartable una posible recusación de los magistrados, que haría retrasar aún más la vista, ya que debería ser previamente resuelta por la Sala del 61 del TS.

Así, a principios de febrero, en un escenario favorable, sería cuando la Sala podría fijar la fecha de juicio. En ese momento se estaría ya en la precampaña de las elecciones municipales en Cataluña –no celebra autonómicas– en mayo de 2019. Y en el Tribunal Supremo existe la norma no escrita de no celebrar ningún juicio durante el período electoral o previo al mismo. Con todo ello, el Alto Tribunal no prevé celebrar el juicio hasta después de esos comicios.