Compromiso social

Los notarios reclaman reformas legales para impulsar los pactos asistenciales como respuesta a la escasez de vivienda

"Hay que garantizar que las personas que se cuidan entre sí puedan hacerlo sin verse perjudicadas por la falta de regulación", afirman

La compraventa de vivienda aumenta un 11,5% en 2024 y los préstamos hipotecarios un 21,4%, según los notarios
La compraventa de vivienda aumenta un 11,5% en 2024 y los préstamos hipotecarios un 21,4%, según los notariosEuropa Press

Los notarios han coincido en reclamar la puesta en marcha de reformas legales y beneficios fiscales con el fin de fomentar los denominados pactos asistenciales de ayuda mutua, un mecanismo que, a su juicio, podría contribuir a paliar la soledad no deseada y la falta de vivienda en España.

Así lo han puesto de manifiesto en un encuentro con los medios, celebrado este jueves 27 en Madrid, en el Colegio Notarial de Madrid en el que han intervenido la decana de esta institución y presidenta del Consejo General del Notariado, Concepción Pilar Barrio del Olmo, acompañada del director general de la Fundación Notariado, Ignacio Gomá Lanzón, y el notario de Madrid y presidente de la asociación Familias para la Acogida, Jorge Prades López.

En su intervención, Barrio del Olmo ha destacado la necesidad de regular y promover acuerdos que permiten a personas en situación de vulnerabilidad compartir hogar y asistencia. "La importancia de esta cuestión exige que todos intentemos aportar nuestro granito de arena, y los notarios nos encontramos en una posición idónea para asumir un papel destacado en esta labor", ha defendido, en declaraciones recogidas por Europa Press.

Como ha puntualizado, estos pactos ya existen en la sociedad y su regulación contribuiría a dar "seguridad y respaldo" a muchas personas. "No estamos innovando, estamos poniendo en valor situaciones reales que ya se dan en el día a día", ha afirmado, al tiempo que ha señalado que "hay que garantizar que las personas que se cuidan entre sí puedan hacerlo sin verse perjudicadas por la falta de regulación".

Los llamados pactos asistenciales son comunidades o contratos de ayuda mutua que pretenden dar una respuesta económica y asistencial a los retos y problemas asociados a las nuevas realidades vitales y a los cambios demográficos y sociológicos relacionados con el envejecimiento de la población y la transformación de la familia tradicional. Tienen carácter privado y deben considerarse complementarios a las soluciones asistenciales que articulan las administraciones públicas.

Por ello, pueden comprender como acogimiento de mayores y otros pactos de personas con intereses distintos pero concurrentes; la posibilidad de acuerdos económicos entre otras personas que transmite inmuebles a cambio de alimentos; acuerdos convencionales entre distintos miembros de la familia o pactos de convivencia en acogimiento familiar como herramienta útil en el momento de emancipación de estos jóvenes cuando cumplen 18 años.

Al respecto, Gomá y Prades han defendido que los pactos asistenciales se presentan como "una alternativa". "La sociedad ha cambiado y las estructuras familiares también, es por ello que es necesario adaptar el marco legal a estas nuevas realidades", ha explicado Gomá.

Estos acuerdos, como ha detallado, no están regulados en el Código Civil --salvo el contrato de alimentos--, por lo que se permitiría, por ejemplo, que personas mayores que viven solas puedan compartir su hogar con familias o jóvenes sin vivienda. De igual manera, facilitarían la integración de jóvenes extutelados en entornos familiares, asegurando su desarrollo y acceso a la independencia.

A juicio de Gomá, "no se trata de regular por regular". "La norma no necesariamente debe tender a prohibir o limitar sino más bien a favorecer mediante la persuasión o el incentivo. Seguramente estas nuevas realidades necesitan ser contempladas por parte del ordenamiento, pero cada una con un tratamiento destino", ha apostillado.

Así, ha reiterado que "la normativa no debe prohibir o limitar, sino favorecer mediante la persuasión y el incentivo ya que estas realidades necesitan ser contempladas por el ordenamiento jurídico, pero cada una con un tratamiento distinto".

Mientras, Prades ha señalado que en España hay más de 40.000 menores en el sistema de protección y que, al cumplir 18 años, muchos quedan en situación de desamparo. "Se trata de jóvenes sin red de apoyo, para quienes los pactos asistenciales pueden suponer una vía hacia la estabilidad y la integración social", ha asegurado.

En este sentido, en la figura del acogimiento, su incorporación al Código Civil exigiría considerarlo un contrato no retribuido, que obliga a compartir vivienda, cargas domésticas y también gastos, en estos dos últimos casos en proporción a lo pactado. La finalidad sería asistencial, pudiendo solventar problemas de vivienda de mayores, jóvenes o personas vulnerables.

En este punto, el Notariado cree que no deberían realizarse entre parejas de hecho o matrimonios, y no debería generar derechos hereditarios o de familia. Así, sólo deberían acogerse personas físicas y debería ser fundamental el requisito de la convivencia en una misma vivienda habitual. Sobre la duración, podría ser permanente o temporal, dependiendo del devenir de la relación, y debería extinguirse por causas acordadas o fallecimiento de una de las partes.

Por este motivo, ven conveniente crear un registro administrativo de acogimiento, al que debería comunicarse su extinción cualquiera que sea la causa. Sobre los beneficios fiscales, se deberían aplicar bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (tramo autonómico) para el acogedor en caso de que reciba bienes del acogido, además de modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos para reconocer a las partes el derecho a subrogarse al arrendamiento con dos años de convivencia y notificando al arrendador , en el plazo de tres meses, el fallecimiento de una de las partes.

"Nos encontramos con casos de personas que han vivido juntas toda su vida, cuidándose mutuamente, y que cuando una fallece, la otra debe renunciar a la vivienda por la carga impositiva. Eso no tiene sentido", ha alertado Gomá mientras que, para Prades López, este tipo de acuerdos pueden ser una solución parcial a la crisis de vivienda en España.

"No hay que olvidar que se esta ante un problema estructural, pero sí podemos ofrecer alternativas que faciliten el acceso a una vivienda a colectivos vulnerables sin necesidad de grandes inversiones públicas", ha zanjado.