Cargando...

Polémica

Chapuza de Mónica García con los médicos de Urgencias

Sanidad exige que para acceder a esta especialidad vía extraordinaria los profesionales deben aparecer en el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, algo que no depende de ellos

Mónica García durante una sesión de control al Gobierno, en el Congreso de los Diputados Alberto R. RoldánLa Razón

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) quiere mostrar su sorpresa e indignación al comprobar cómo el Ministerio de Sanidad ha puesto en marcha un Real Decreto que establece cómo acceder a un título de especialistas en el que figura un requisito de su competencia que todavía no está operativo.

Se trata del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, que se publicó en el BOE el pasado 3 de julio. En él se establece, entre otros requisitos, que para el acceso a esta especialidad por la vía extraordinaria los profesionales deben estar registrados en el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS).

Tras la publicación y los plazos mencionados, muchos han sido los profesionales que han consultado dicho registro y han visto cómo su nombre no aparece, pese a que el plazo para registrar a los profesionales por parte de los organismos, entidades y corporaciones obligados que figuran en el artículo 6 del Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios finalizó el 24 de septiembre de 2018 y debería estar operativo en diciembre de ese mismo año.

Ante esta situación y dado el escaso periodo de tiempo del que se dispone para solicitar la especialidad, CESM se pregunta cuántos médicos están registrados en el REPS o al menos el porcentaje de los mismos, cuándo se ha actualizado dicho registro y exige a la Administración que subsane la situación, ya que, en caso de resultar materialmente imposible, lo lógico sería anular tal requisito para poder optar al título de Médico Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias por la vía extraordinaria.

"Resulta muy difícil entender cómo se puede publicar una norma que exige unos requisitos que la propia Administración no está cumpliendo", defienden desde la Cesm.