Tribunales
Ninguno de los empresarios acusados de prostitución de menores en Murcia irá a la cárcel
La Audiencia Provincial todavía tiene pendiente la sentencia de las conocidas como "mamis", para las que la Fiscalía pide prisión
Los otros dos empresarios acusados de delitos de prostitución de menores en la Región de Murcia, Juan P. A., de 72 años, y Juan M. F., de 73, no irán a la cárcel, al igual que los otros cuatro acusados cuya sentencia se conoció ayer. Todo ello a pesar de reconocer haber tenido sexo con menores de edad a cambio de dinero.
A pesar de que la Fiscalía se haya opuesto a la suspensión de las penas, la Sala ha aplicado el criterio de que las condenas que no superan los dos años de prisión pueden ser eludidas cuando se cumplan unas condiciones determinadas. Así, los empresarios deberán pagar una multa y deberán no volver a cometer delitos, ni comunicarse con las víctimas, y tendrán que hacer un curso de reeducación sexual.
Así se ha abordado en la segunda vista oral ante el juez en la que, además, se ha aplazado la vista para decidir el futuro de tres de las "mamis", las personas que se encargaban de buscar a las menores en las puertas de los centros educativos y discotecas, para quienes todavía se tiene que pronunciar la Audiencia.
Tanto para Nelly P. como para Yesenia B., acusadas de contactar con las menores, la decisión se anunciará en losp róximos días.
Por otra parte, en el caso de otro de los acusados, Juan M. no ha acudido y su abogado espera la suspensión de pena, ya que el fiscal no se ha opuesto. Por su parte, Manuela P, acusada de facilitar un contacto entre acusado y víctima tampoco ha acudido. Sí lo ha hecho su abodado, quien además también espera que se suspenda su pena.
Desde que se conoció la sentencia de conformidad han sido varias las organizaciones que en los últimos días han pedido el ingreso en prisión de los condenados, la última de esas manifestaciones, con la concentración de la pasada noche en las puertas de la Audiencia y que se repitió ayer lunes.
Todas las penas de prisión impuestas llevan aparejadas la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a sufragio pasivo durante el tiempo de la condena respectiva. Además, en caso de impago de las multas, se establece una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad cada dos cuotas de multa no satisfechas.