Tribunales
El juez abre juicio oral al líder del PSOE murciano por prevaricación y malversación
La acusación pública solicita penas que suman 8 años y 6 meses de prisión contra el exalcalde de Calasparra José Vélez y dos concejales
El titular del juzgado de Instrucción número 3 de Carava de la Cruz, en auto notificado este martes, ordena la apertura de juicio oral a José VélezFernández, alcalde de Calasparra entre 2017 y 2019, los dos concejales de Festejos que se sucedieron en tales fechas, Jordi Arce Corbalán y Antonio José Merino Moreno y el administrador de la mercantil Chipé Producciones, por los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad documental con ocasión de la organización de los festejos taurinos de la Feria Taurina del Arroz, coincidiendo con los encierros matinales organizados por el Ayuntamiento con ocasión de las fiestas patronales.
Tras la conclusión de la investigación el pasado septiembre, el fiscal presentó escrito de acusación por los delitos de prevaricación continuada, malversación de caudales públicos y falsedad documental en el que solicitaba penas que suman 8 años y 6 meses de prisión y conllevan hasta 18 de inhabilitación especial para empleo o cargo público en el caso del exalcalde y los dos exconcejales. Penas que la acusación popular concreta en 12 años de inhabilitación especial por prevaricación administrativa continuada y 8 años de prisión y 20 de inhabilitación absoluta por el delito continuado de malversación de caudales públicos.
Ambas acusaciones solicitaban, además, una indemnización conjunta y solidaria por el perjuicio causado al Ayuntamiento de Calasparra. Cantidad que la acusación pública fija en 249.630 euros y la acusación popular eleva a 367.096 euros.
La investigación se centraba en las relaciones jurídicas del consistorio con la empresa para la cesión para los encierros matutinos de las reses contratadas para los festejos taurinos de la Feria que se celebraban por la tarde. Por las que el Ayuntamiento de Calasparra habría abonado con dinero público determinados gastos cuyo beneficiario directo o indirecto fue el empresario investigado, bien por tratarse de pagos directos a la empresa Chipé por facturas que carecen de justificación (y que el Ayuntamiento tampoco requirió), bien por ser desembolsos propios de la Feria Taurina del Arroz, actividad privada, o bien por constituir gastos relacionados con la plaza de toros, de titularidad privada, explicaba el magistrado en el auto de conclusión de la instrucción.
“De esta forma, el desembolso real que efectuó el Ayuntamiento para la cesión de las ganaderías para los encierros excedió ampliamente de los precios pactados entre el consistorio y la mercantil tanto en los convenios de 2017 y 2018 como en el contrato menor de 2019”.
El auto, de acuerdo a la pena pedida por las acusaciones, declara la Audiencia Provincial de Murcia como órgano competente para el enjuiciamiento y fallo del procedimiento.
Contra este auto no cabe recurso.
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