Tribunal Supremo
La Audiencia da tres días a las partes para que informen sobre la petición de suspensión de condena de Fabra
La sección primera de la Audiencia de Castellón ha dado traslado a las partes para que, tal y como recoge la ley, en un plazo de tres días se pronuncien sobre la petición de suspensión cautelar de la ejecución de la condena que ha solicitado el expresidente provincial del PP y de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, mientras se tramita su petición de indulto.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), este hecho no altera la obligación de que el exmandatario del PP comparezca este miércoles ante la sala, que le había citado para comunicarle su ingreso en prisión dentro de este trámite.
Carlos Fabra presentó ante el Ministerio de Justicia la petición de indulto tras la confirmación por el Tribunal Supremo de la sentencia que le condenó a cuatro años de prisión por delitos contra la Hacienda Pública al estafar más de 693.000 euros entre 1999 y 2003, en el conocido como 'caso Naranjax'.
La petición de Fabra llegó al Ministerio de Justicia, que el pasado día 19 de agosto se dirigió a la Audiencia de Castellón para solicitar que emitiera un informe sobre la idoneidad de la medida de gracia solicitada, como tribunal sentenciador que es.
Este órgano deberá pedir asimismo informe al fiscal, escritos que se devolverán al Ministerio que, tras estudiarlos, hará un informe con su propuesta --que puede seguir o no el criterio de los informes recibidos-- y elevarla al Consejo de Ministros para se que adopte la decisión.
Fabra está citado para este miércoles a las 10.00 horas por la sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón, tras haberse declarado firme la sentencia que le condenó a cuatro años de cárcel por cuatro delitos contra la Hacienda Pública cometidos entre 1999 y 2003.
PAGO DE MULTAS
En el auto de citación, también se indicaba que este miércoles se iba a requerir a Carlos Fabra para el pago de la indemnización y las multas fijadas en la sentencia. La vía de solicitar el indulto es una de las que puede utilizar el exdirigente 'popular' de Castellón para evitar su entrada en prisión, ya que es potestad de la Audiencia la suspensión del ingreso en la cárcel, si así lo estima oportuno, mientras se tramita y resuelve la petición de indulto por el Gobierno.
Para el 3 de septiembre se ha citado igualmente ante el tribunal a la exmujer de Fabra, María de los Desamparados Fernández, para requerirle el pago de la multa impuesta, dejando pendiente lo relativo a la indemnización para la ejecución de sentencia.
La Audiencia condenó a Fabra, en noviembre de 2013, a cuatro años de prisión por cuatro delitos contra la Hacienda Pública, a una multa de 693.074,33 euros y a indemnizar a Hacienda con la misma cantidad por el total de la cuantía defraudada durante los ejercicios 1999, 2000, 2002 y 2003 más intereses legales.
La sala apreció la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. La petición de cárcel para Fabra por parte de Fiscalía alcanzaba los 13 años de prisión, una multa de 1,98 millones de euros y una indemnización de 693.000 euros. Sin embargo, la sentencia le absolvía de los delitos de tráfico de influencias y cohecho.
Tanto Fabra como su exmujer recurrieron esta sentencia ante el Tribunal Supremo, que recientemente --con fecha 23 de julio-- se pronunció confirmando la resolución íntegramente para el primero, y rebajando la pena para la mujer, al pasarla de dos a un año de prisión.
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