Pancarta por los presos
El Supremo confirma la condena a Joaquim Torra por su pancarta a favor de los presos del "procés"
El alto tribunal rechaza el recurso contra su condena por un delito de desobediencia y confirma la pena de inhabilitación y multa
El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido el recurso de casación presentado por el expresidente de la Generalitat Joaquim Torra contra una condena de inhabilitación y multa por delito de desobediencia. El político independentista fue condenado por resistirse a retirar una pancarta a favor de los presos del "procés" que había colocado en la fachada del Palau de la Generalitat durante la campaña electoral.
De acuerdo con el criterio de la Fiscalía, la Sala Penal del Tribunal ha reafirmado la sentencia de la Audiencia de Barcelona, de 5 de mayo de 2023, que confirmó su condena a 15 meses de inhabilitación y al pago de una multa de 24.000 euros por un delito de desobediencia, por no cumplir el requerimiento que le hizo el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en septiembre de 2019 para retirar el cartel.
La defensa de Tora argumentó que la solicitud para que retirase la pancarta era arbitraria y limitaba su libertad de expresión, así como la de numerosos ciudadanos. También defendió que se había vulnerado su inviolabilidad parlamentaria y aseguró que era objeto de una persecución política.
En una providencia, la Sala destaca que el recurso no ha acreditado interés casacional que precise su pronunciamiento, por lo que procede su inadmisión. También señala que la Audiencia Provincial, al confirmar la sentencia inicial de un Juzgado de lo Penal de Barcelona, descartó la existencia de vulneración de derechos fundamentales alegada por el recurrente, sin que se aprecie irracionalidad o arbitrariedad en su decisión.
Como Torra no desempeña ningún cargo público en este momento, la condena de inhabilitación no tiene efectos prácticos. El expresidente de la Generalitat tuvo que abandonar su cargo en 2020 cuando el alto tribunal confirmó su primera condena por desobediencia, de un año y medio de inhabilitación por mantener otra pancarta y símbolos en edificios públicos dependientes de la Generalitat antes de las elecciones generales del 28 de abril de 2019.
Ahora, con esta resolución, si quisiera presentarse a alguna elección en los próximos 15 meses, no podría hacerlo. De este modo, quedaría fuera de las elecciones autonómicas catalanas.
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