Polémica

Claves de la nueva Ley de Memoria Democrática aprobada en el Congreso

La nueva norma incluye una ampliación de la definición de víctima, la resignificación del Valle de los Caídos o la creación de una comisión de estudio sobre la vulneración de derechos humanos durante la Transición

La nueva Ley de Memoria Democrática ha visto la luz en el Congreso este jueves, aunque su tramitación en las Cortes todavía no ha concluido porque tiene que pasar ahora por el Senado (a partir de septiembre). El proyecto normativo se aprobó en el Consejo de Ministros hace justo un año (en julio de 2021), pero, durante el recorrido en el Congreso ha sufrido algunas alteraciones. Entre esas modificaciones, ha habido un pacto con Bildu que el PP ha criticado mucho por las cesiones que incluye: los populares, de hecho, han rebautizado esta norma como “Ley Bildu”.

El debate de la ley se ha visto enfangado por las críticas de los partidos aliados y la oposición por las víctimas de ETA y el franquismo, con reproches cruzados. De hecho, en medio del debate, diputados de Unidas Podemos, ERC y Bildu han abandonado el hemiciclo mientras intervenía Vox, quien ha asegurado que a Salvador Puig Antich no se le condenó a muerte por ser “anarquista”, sino por “matar a un policía”. Además, el diputado de Vox ha mostrado en la tribuna una foto de José Calvo Sotelo, ministro durante la dictadura de Primo de Rivera, para denunciar que “fue asesinado por policías socialistas” y que “no cuenta como víctima de esta ley”. “Están asumiendo el relato histórico de la extrema izquierda: que la Transición no existió y que los asesinatos de ETA pasarían a ser interpretables como de resistencia al franquismo”, ha lamentado.

Durante el debate, desde el PP, su diputado Jaime Miguel Mateu Istúriz, ha acusado al Gobierno de “despreciar la memoria de las víctimas (del terrorismo) pactando con Bildu esta ignominiosa ley”. Para los populares, la ley de memoria es un “ataque sectario y frontal al espíritu de la Transición”. Los populares censuran la enmienda pactada entre PSOE y Bildu para crear una comisión que estudie vulneraciones de derechos humanos entre 1978 y finales de 1983 a personas que hayan luchado “por la consolidación de la democracia”.

Aún así, la ley sale adelante al contar con una mayoría parlamentaria suficiente tras el pacto entre el Gobierno y Bildu -cuestionado por el bloque de la derecha-, mientras ERC mantiene su abstención.

Al respecto, el diputado de Unidas Podemos Enrique Santiago ha comentado que no es necesario que la Ley de Amnistía se derogue, ya que una enmienda hace prevalecer el Derecho Internacional, según el cual los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen la consideración de imprescriptibles y no amnistiable. La diputada de EH Bildu Isabel Pozueta ha dicho que lo que le molesta a la derecha es que la ley “reconozca a las víctimas del franquismo”. La diputada de ERC Carolina Telechea ha criticado que la ley “continúa quedándose muy lejos de una reparación justa a las víctimas y el reconocimiento de lo que fue una ignominia”.

A continuación, se repasan algunas de las claves de este nuevo texto:

¿Reinterpretación de la Ley de Amnistía de 1977?

La Ley de Amnistía de 1977 es, sin duda, una de las cuestiones más sensibles que se abordan: PSOE y Podemos han incluido una enmienda en el artículo 2 que subraya que “todas las leyes del Estado español”, incluida la de Amnistía, “se interpretarán y aplicarán de conformidad con el Derecho internacional”, según el cual “los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen la consideración de imprescriptibles y no amnistiables”. Es decir, esto para Podemos implica que se puedan juzgar crímenes del Franquismo (siguiendo la estela del juez Baltasar Garzón, que intentó abrir una causa sin éxito), mientras que el PSOE lo niega.

¿A quién se considera víctima?

En el artículo 3 se define qué se considera víctima: en concreto, el primer punto recoge que serán todas aquellas personas que hayan sufrido “daño físico, moral o psicológico, daños patrimoniales, o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales” entre el 18 de julio de 1936 y la entrada en vigor de la Constitución en 1978. Si bien, una enmienda del PDeCat ha ampliado también el concepto de víctimas a los partidos políticos, sindicatos o las instituciones de autogobierno catalanas y vasca y las corporaciones locales “represaliadas por la Dictadura” y “serán objeto de las medidas específicas de reconocimiento y reparación contempladas en la ley”. También, en otra enmienda, se ha introducido otro punto en el artículo por el cual que “se consideran víctimas las comunidades, las lenguas y las culturas vasca, catalana y gallega en sus ámbitos territoriales lingüísticos, cuyos hablantes fueron perseguidos por hacer uso de estas”.

Ilegalidad

Otra de las enmiendas que se han incorporado durante la tramitación parlamentaria está en el artículo 5 e implica definir como “ilegal” a los tribunales franquistas constituidos para imponer “por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa, condenas o sanciones de carácter personal”. En este mismo artículo ya se aludía a la “ilegitimidad y nulidad” de las resoluciones judiciales, pero algunos partidos (con ERC a la cabeza) también exigían la declaración de “ilegalidad”.

El Estado se implica en la búsqueda de personas desaparecidas

Una de las críticas que recibió la Ley de Memoria Histórica aprobada en 2007 fue que se dejaba en manos de las asociaciones la búsqueda de las personas desaparecidas durante la Guerra y la Dictadura: sin embargo, ahora, “sin perjuicio de las competencias de otras administraciones públicas relacionadas con dicha actividad”, el Estado también asumirá esa responsabilidad, según queda recogido en el artículo 16.

Creación de un Fiscal de Sala

La ley crea un Fiscal de Sala para la investigación de los hechos “que constituyan violaciones de Derecho Internacional de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario”, abarcando todos los que tuvieron lugar en el golpe de Estado, la Guerra y la Dictadura. Al Fiscal de Sala también “se le atribuirán asimismo funciones de impulso de los procesos de búsqueda de las víctimas de los hechos investigados”, según queda contemplad en los artículo 28 y 29.

Reparación

Todas las víctimas del Franquismo definidas en la ley “tienen derecho al reconocimiento y la reparación integral por parte del Estado”. No obstante, no se precisa aún cómo será: “La Administración General del Estado desarrollará un conjunto de medidas de restitución, rehabilitación y satisfacción, orientadas al restablecimiento de los derechos de las víctimas en sus dimensiones individual y colectiva”. A continuación, la norma, en el artículo 31, también incorpora, gracias a una enmienda durante la tramitación parlamentaria, que “se reconoce el derecho al resarcimiento de los bienes incautados y las sanciones económicas producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra y la Dictadura”. Este punto, en todo caso, no satisface a toda la izquierda (por ejemplo, a ERC) porque algunas formaciones exigen indemnizaciones a las víctimas. El Gobierno se escuda en que, desde la Transición, a través de diversos mecanismos se ha ido indemnizando a las víctimas por valor de 21.000 millones de euros.

Actos públicos contrarios a la memoria

El artículo 38 también ha generado polémica porque incluye el rechazo a los actos de “exaltación personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra o de la Dictadura, de sus dirigentes” mientras se siguen celebrando homenajes a terroristas de ETA que salen de la cárcel, una de las críticas más recurrentes de detractores de la ley, que consideran que se debe prohibir ambas exaltaciones.

Títulos nobiliarios

Con esta ley, también quedan suprimidos los títulos nobiliarios y grandezas de España concedidos entre 1948 y 1978, según el artículo 41:

  • Duque de Primo de Rivera, con Grandeza de España.
  • Duque de Calvo Sotelo, con Grandeza de España.
  • Duque de Mola, con Grandeza de España.
  • Conde del Alcázar de Toledo, con Grandeza de España.
  • Conde de Labajos.
  • Marqués de Dávila y la Grandeza de España que se le une.
  • Marqués de Saliquet.
  • Marqués de Queipo de Llano.
  • Marqués de Alborán.
  • Conde del Jarama.
  • Marqués de Varela de San Fernando.
  • Conde de Benjumea.
  • Marqués de Somosierra.
  • Grandeza de España otorgada al conde de Rodezno.
  • Marqués de San Leonardo de Yagüe.
  • Conde de la Cierva.
  • Marqués de Vigón.
  • Conde de Fenosa.
  • Conde del Castillo de la Mota. 20. Marqués de Suanzes. 21. Marqués de Kindelán.
  • Conde de Pallasar.
  • Marqués de Casa Cervera.
  • Conde de Martín Moreno.
  • Marqués de Bilbao Eguía. 26. Grandeza de España a D. Fernando Suárez de Tangil y de Angulo.
  • Conde de Bau.
  • Duque de Carrero Blanco, con Grandeza de España.
  • Señorío de Meirás, con Grandeza España. 30. Duque de Franco, con Grandeza de España.
  • Marqués de Arias Navarro, con Grandeza de España.
  • Conde de Rodríguez de Valcárcel.
  • Conde de lturmendi.

Valle de los Caídos

Otro de los puntos polémicos es la modificación del nombre del Valle de los Caídos, que pasará a llamarse Valle de Cuelgamuros y será resignificado “como un lugar de memoria democrática”. “Asimismo, se procederá a la reubicación de cualquier resto mortal que ocupe un lugar preeminente en el recinto”, indica también el artículo 54, con el que se pretende exhumar a José Antonio Primo de Rivera.

Disposición adicional séptima: Fundación Franco

La ley también recoge que “en el plazo de un año” a partir de su entrada en vigor, se promoverá la modificación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, con el objeto de “incluir como causa de disolución de las asociaciones la realización pública de apología del franquismo que ensalce el golpe de Estado y la dictadura o enaltezcan a sus dirigentes”, un texto que tiene como objetivo la disolución de la Fundación Francisco Franco.

Disposición adicionales 16, 17 y 18: cesiones a Bildu

Los tres preceptos recogen las principales cesiones a Bildu en el acuerdo: la primera de todas es la más sensible porque es en la que el Gobierno, en el plazo de un año, “designará una comisión técnica que elabore un estudio sobre los supuestos de vulneración de derechos humanos a personas por su lucha por la consolidación de la democracia” entre 1978 y diciembre de 1983. Las otras disposiciones son la declaración del Fuerte de San Cristóbal como Lugar de Memoria y la cesión del Palacio de la Cumbre de Donostia al Ayuntamiento de Donostia.