Fuerzas de Seguridad
Francia investiga todavía cómo los yihadistas pudieron dar con el domicilio de dos agentes asesinados en 2016
La preservación de la identidad, evitar que sean fotografiados y se difundan otros datos, fundamental para la seguridad de los policías
Los hechos ocurrieron el 13 de junio de 2016 en Magnanville (Yvelines), a unos 50 kilómetros de París. Jean-Baptiste Salvaing, 42, subcomandante de la comisaría de Mureaux , y su compañera Jessica Schneider, de 36 años, oficial administrativa de la comisaría de Mantes-la-Jolie, fueron asesinados con cuchillo por un terrorista de Daesh, Larossi Abballa. El hijo de la pareja, de tres años, presenció los hechos. mientras su hijo de 3 años estaba en casa. El atacante fue abatido por agentes de la unidad especial RAID. La Fiscalía Nacional Antiterrorista (PNAT) acaba de procesar a un individuo, cuyo ADN fue encontrado en el domicilio de los agentes, cuyos ordenadores fueron utilizados para divulgar en las redes el crimen cometido.
Hasta aquí los hechos, que han cobrado de nuevo actualidad. Sin embargo, aún queda sin resolver una pregunta fundamental. ¿Cómo pudieron conocer los terroristas el domicilio de los agentes, a los que, sin duda, habían identificado previamente?
“Después de estos años de instrucción, queda la frustración y preocupación de aún no saber por qué el comandante Salvaing fue atacado y cómo los islamistas tuvieron acceso a su dirección personal” , ha declarado a “Le Parisien” Me Thibault de Montbrial, abogado de la familia de Jessica Schneider.
Lo que parece claro es que la identidad, los rostros y demás circunstancias de los agentes policiales deben ser preservadas a la publicidad, ya que, delincuentes de todo tipo, incluidos los terroristas, pueden utilizarlos con fines perversos.
En abril de este año, el Parlamento francés aprobó la Ley de Seguridad Global que incluye un artículo que restringe el derecho de divulgar imágenes de policías que había suscitado una gran polémica en Francia, manifestaciones incluidas.
Su punto más polémico es el artículo 24, que inicialmente preveía prohibir y castigar con hasta un año de prisión y 45.000 euros de multa la difusión de imágenes de agentes de las fuerzas del orden si con ellas podían ser identificados, y eso con el argumento de que eso podía ponerles en peligro personalmente. Ante las citadas reacciones, fue modificado, aunque se mantienen las penas, y se introdujo un delito de “provocación a la identificación” de los agentes de la fuerza pública, similar a los de provocación al odio o al delito.
Los que pedían los sindicatos policiales galos, y ahora los españoles, es que se les proteja de actitudes maliciosas al identificarlos.
Volviendo al atentado de 2016, caben todas las hipótesis y está claro que los yihadistas, cuando entraron en el domicilio de los agentes, sabían que vivían allí y que no les había resultado difícil identificarlos previamente. El subcomandante Salvaing pudo ser fotografiado en cualquier actuación policial o en otras circunstancias, vigilado previamente, etcétera.
Se puede aducir que es un caso extremo y que nada tiene que ver con el asunto que ha llevado a los agentes españoles a levantar la voz ante un problema para su seguridad evidente; lo que parece claro, que la preservación de la identidad, profesión, domicilio (como en el pasado, en el País Vasco y Navarra, hay regiones en las que los agentes y sus familias evitan ser identificados como tales) deben tener una protección especial.