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El Código Penal

Penas de entre 15 y 25 años para quienes cometan un delito de odio como el asesinato de Samuel

Quienes asesinen a una persona con alevosía o con ensañamiento serán juzgados por el artículo 139 del Código Penal

Samuel Luiz tenía 24 años La RazónTwitter

El caso de Samuel Luiz de tan solo 24 años ha dado la vuelta al mundo tras ser asesinado de una brutal paliza en Coruña este fin de semana. Una de las posibilidades que su asesinato pudiese ser enmarcado dentro de un delito de odio homófobo, aunque la Policía alberga, por ahora, serias dudas de que la paliza mortal al joven coruñés pueda enmarcarse dentro de un delito de odio.

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Un grupo de jóvenes le propinó puñetazos y patadas hasta dejarlo herido de gravedad y tirado en la calle, solo. Pese a que los servicios de emergencias trataron de reanimarlo durante dos horas, nada pudieron hacer por salvar su vida y murió finalmente en el Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña (CHUAC), donde fue trasladado.

¿Cuáles son las penas para aquellas personas que cometan un asesinato?

Según el Código Penal, cualquier persona que haya cometido un delito de asesinato será considerado como dolo, es decir, la comisión de un delito con el objetivo de ocasionar un mal a una persona.

El artículo 139 prevé penas de prisión de entre quince y veinticinco años en calidad de reo de asesinato a quien mate a una persona con alguno de estos objetivos:

- Con alevosía.

-Por precio, recompensa o promesa.

-con ensañamiento aumentando deliberada e inhumanamente el dolor.

-Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra.

Según el citado artículo cuando en un asesinato concurran más de una de las circunstancias previstas en el apartado anterior, se impondrá la pena en su mitad superior.

Por otro lado, según el artículo 140 del Código Penal, el asesinato será castigado con pena de prisión permanente revisable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

- Que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.

- Que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.

-Que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal.

Por otro lado, al reo de asesinato que haya sido condenado por la muerte de más de dos personas se le impondrá una pena de prisión permanente revisable.