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Pablo Iglesias

La Fiscalía del Supremo aprecia “indicios sólidos” de delito de Pablo Iglesias en el “caso Dina”

Sin embargo, pide que el Supremo no abra causa contra el vicepresidente y que la Audiencia siga la investigación

Iglesias, en la sesión de control del Senado esta semana MariscalEFE

La Fiscalía del Tribunal Supremo considera que “existen indicios sólidos” de que Pablo Iglesias ha podido cometer los delitos de revelación de secretos y daños informáticos, pero cree que la causa se debe devolver a la Audiencia Nacional para que el juez Manuel García Castellón profundice en la investigación de los hechos y determine, con los resultados de las nuevas diligencias, si hay motivos que avalen elevar de nuevo al Supremo la correspondiente exposición razonada. En cambio, la Fiscalía no ve indicio alguno de que Pablo Iglesias haya podido incurrir en el delito de acusación y denuncia falsa que también reflejaba García Casatellón.

Así consta en un escrito dirigido a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, cuyo sentido ha adelantado LA RAZÓN, que advierte de que para que se le pueda imputar el delito de revelación de secretos a Iglesias se necesita la denuncia de Dina Bousselham, la ex asesora de Podemos a la que se le robó el teléfono móvil, cuya tarjeta mantuvo en su poder el vicepresidente segundo del Gobierno. Este dispositivo solo fue devuelto a Bousselham meses después de tenerlo el líder de Podemos, que además lo entregó dañado.

En todo caso, el Ministerio Público es tajante al respecto cuando afirma que “existen indicios sólidos de la posible existencia del delito” de revelación de secretos, pero es necesario para su persecución penal que “sea necesaria denuncia de la persona agraviada”, es decir, su exasesora.

Pese a ello, sí deja claro la Fiscalía que Iglesias guardó la tarjeta del móvil de Dina, ni se la entregó ni la informó que la tenía, y no fue hasta meses después, antes de agosto de 2017 cuando se la devolvió, según la declaración de la propia afectada que prestó el dos de marzo de 2019.

Sin embargo, en relación con este delito, casi todo dependerá de la actitud de la exasesora del hoy vicepresidente del Gobierno, ya que, como señala la Fiscalía en su informe, “la denuncia de la persona agraviada se coloca como llave del proceso”.

¿Autorizó a Iglesias a examinar su tarjeta?

Por ello, el Ministerio Público entiende que es imprescindible que declaren ante el juez García Castellón tanto la afectada como su pareja, dado que en el contenido de la tarjeta aparecían fotos que afectaban a la intimidad de ambos.

En concreto, la Fiscalía solicita que Dina Bousselham declare de forma taxativa sobre los siguientes aspectos: " Si le pidió permiso o autorización Pablo Iglesias, el día 20 de enero de 2016, para que examinara sin restricciones el contenido de su tarjeta de memoria. En caso negativo, si manifiesta ahora que consiente, tolera y acepta que aquél hubiera entrado en el conocimiento de todos los documentos, fotografías, incluidas las íntimas y personales, archivos y comunicaciones contenidos en la tarjeta de su titularidad, pues de haber conocido que iba a hacerlo le hubiera otorgado su expreso consentimiento".

Daños informáticos

En relación con el delito de daños informáticos, los fiscales también creen que hay “indicios que permiten, con una solidez fundada, estimar la indiciaria existencia del delito”, porque “la tarjeta llegó a poder del aforado de forma que se pudo acceder a su contenido y cuando es recuperada por la señora Bousselham, al parecer el acceso a su contenido no fue posible”, indica el mencionado documento.

De hecho, señala que la pareja de la exasesora -quien también pide la Fiscalía que declare- solicito a una empresa de recuperación de datos de tarjetas, ubicada en Londres, que intentara acceder al contenido, siendo materialmente imposible, por lo que en agosto de 2017 pidió a esa empresa la devolución de la tarjeta en cuestión.

Junto a ello, Iglesias devolvió a Dina la tarjeta de su móvil, informándola, según sus declaraciones, que sabía que contenía fotos privadas, y que “para que no se sintiera mal” fue por lo que no se la devolvió antes. Por ello, sostiene la Fiscalía, “está indiciariamente acreditado que la tarjeta funcionaba, el aforado pudo acceder a su contenido y que, después de devolvérsela a Dina, no funcionaba, a salvo sus últimas manifestaciones".

Todos estos indicios, concluye la Fiscalía en relación con este delito, “permiten con una solidez fundada, estimar la indiciaria existencia de un delito de daños informáticos, en tanto la tarjeta llegó a poder del aforado de forma que se pudo acceder a su contenido y cuando es recuperada por la Sra. Bousselham, al parecer el acceso a su contenido no fue posible”.

Y, además, se estaría ante un “daños graves”, por ser imposible recuperar la operatividad del sistema. Asi, afirma el Ministerio Público, cuando Iglesias tuvo en su poder la tarjeta del móvil, “su contenido era accesible, ya que el aforado en su condición de tercero ajeno pudo examinar los archivos y datos alojados en la misma, sin embargo, cuando la devuelve dicho contenido ha devenido inaccesible, de manera que el resultado es grave ya que hasta el momento no se ha podido recuperar la información que contenía la tarjeta, bien porque los datos hayan sido borrados, eliminados, dañados o son inaccesibles, por lo que procede practicar las diligencias necesarias para acreditar indiciariamente cual ha sido el procedimiento empleado para generar la inservibilidad de la tarjeta y la inaccesibilidad a los datos”.

Pese a esta conclusión tan rotunda, también en este punto, la Fiscalía entiende que es imprescindible que se lleven a cabo nuevas diligencias en la Audiencia Nacional “para acreditar los hechos”. Entre esas diligencias estarían la ampliación de la prueba pericial para poder concretar cuáles son las causas que impiden acceder a la información de la tarjeta, cual fue el sistema o la técnica empleada para proceder al borrado, eliminación, deterioro, inservibilidad o inaccesibilidad de los archivos que la tarjeta contenía, y si es posible proceder a la recuperación de todos estos datos y fecha del último acceso

Este dictamen ha sido firmada por la fiscal de Sala Pilar Fernández Valcárcel, considerada de tendencia «conservadora», quien ha recabado la opinión de otros siete fiscales de lo Penal del Tribunal Supremo: Fidel Cadena, Juan Ignacio Campos, Javier Zaragoza, Jaime Moreno, José Luis Bueren, Consuelo Madrigal y Fernando Rodríguez Rey.