Partido Popular

No habrá atril vacío para Feijóo en el debate de RTVE por una sentencia del Supremo que lo prohíbe

"No está permitido por la Junta Electoral Central (JEC) que quede un atril vacío, porque hay una sentencia del Tribunal supremo al respecto"

PALMA DE MALLORCA, 18/07/2023.- El presidente del Partido Popular y candidato a la Presidencia del Gobierno, Alberto Núñez Feijóo (c), clausura un mitin junto a la presidenta del Govern y del PP de Baleares, Marga Prohens, y el candidato número uno al Congreso, José Vicente Marí, este martes en Palma de Mallorca. EFE/CATI CLADERA
MITIN DE ALBERTO NUÑEZ FEIJÓO ELECCIONES GENERALES 23 J EN MALLORCACATI CLADERAAgencia EFE

No habrá un cuarto abril vacío para Alberto Núñez Feijóo, en el debate a tres que tendrá lugar esta noche en RTVE, como se había llegado a barajar en un principio. Finalmente, en el plató solo habrá tres atriles para cada uno de los participantes en el debate: Pedro Sánchez, en el lado izquierdo, Yolanda Díaz, en el centro, y Santiago Abascal, a la derecha de la pantalla de los telespectadores.

RTVE podría haber querido poner en evidencia al líder del Partido Popular por decidir no acudir a un debate que, sin su presencia, no se debería haber realizado, y para ello habría manejado la posibilidad de dejar un atril vacío en el "debate a cuatro", como lo definieron desde el principio a pesar de que Núñez Feijóo optó desde el primer momento por no acudir.

Finalmente, según informa el ente público, "no está permitido por la Junta Electoral Central (JEC) que quede un atril vacío, porque hay una sentencia del Tribunal supremo al respecto".

Esta sentencia, del año 2000, hace referencia se refiere a las elecciones autonómicas de Andalucía de 1999, cuando la televisión pública regional, Canal Sur, celebró un debate electoral en el que el PP optó por no participar. En ese caso, la corporación televisiva, con el PSOE en el Gobierno de la Junta, quiso dejar el atril de los populares vacío. El Tribunal Supremo declaró que no se podía penalizar de manera informativa o política la no participación de un partido en un debate.

Así, según dicha sentencia del Supremo, dejar una silla vacía, "o cualquier otro modo de hacer patente la negativa de un partido a participar en los debates", suponía una penalización informativa y política. Entonces fue la Junta Electoral Central de Andalucía la que obligó, con el respaldo del órgano judicial, a retirar la silla vacía del plató.