La Seguridad Social ha reclamado devoluciones del ingreso mínimo vital por valor de 500 millones de euros

Los requerimientos para devolver el ingreso mínimo vital (IMV), muchos con motivo de su revisión anual, siguen siendo motivo de un aluvión de quejas, como ha destacado el Defensor del Pueblo en su informe de 2024. La Seguridad Social ha reclamado deudas del IMV por valor de 500 millones de euros desde la puesta en marcha de esta ayuda estatal para familias en pobreza, en 2020, hasta el pasado julio. El Defensor advierte de que las devoluciones afectan “de manera desproporcionada a varios colectivos vulnerables”, por lo que pide varios cambios.
En concreto, la deuda reclamada por la Seguridad Social en el ingreso mínimo vital alcanza los “500,28 millones de euros”, hasta julio, que supone un 4,7% del total abonado en esta renta mínima estatal “(10.689,78 millones de euros)”, según la respuesta de la Seguridad Social a la actuación iniciada por la institución que lidera Ángel Gabilondo.
La mayoría de las devoluciones o reintegros del ingreso mínimo vital se exigen debido a la revisión anual de la situación familiar, cuando la Seguridad Social resuelve que al hogar le corresponde una ayuda inferior a la que venía recibiendo. La Seguridad Social indica que “un número menor, 1.046, se ha registrado como causados por errores materiales, aritméticos o de hecho”.
El Defensor del Pueblo advierte no obstante de que estas revisiones anuales sufren a menudo “demoras en tramitar los expedientes”. “La deuda generada se acrecienta en buena parte por la lentitud de la Administración a la hora de resolver y tramitar el procedimiento de reintegro”, critica la institución.
Fuentes del Ministerio que dirige Elma Saiz señalan que “la Seguridad Social sólo tiene una opción y es la de cumplir con la normativa vigente. En este sentido, si desde el órgano gestor del IMV se detecta que hay personas que están percibiendo ingresos indebidos, no tiene más remedio que reclamarlos”. Subrayan además que “la gran mayoría de solicitudes de devolución de ingresos no responden a errores de la administración”: “Este matiz es importante porque se puede trasladar a la ciudadanía, de forma torticera, una realidad que no es cierta y que puede suscitar desconfianza hacia las instituciones y el rigor en la gestión de fondos públicos”.
Más de 92.000 devoluciones en dos años
El Defensor del Pueblo apunta que la Seguridad Social no ha especificado “de una sola vez, el número total de expedientes de reintegro de ingreso mínimo vital incoados”. Es decir, las devoluciones requeridas. No obstante, aporta datos de 2022 y 2023, con 92.365 procesos de reintegro.
El informe destaca que ha aumentado “la compensación directa”, es decir, cuando la Seguridad Social va cobrando la deuda restando parte de la cuantía del IMV que aún recibe la familia en cuestión. Estos procesos alcanzaron los “153.646” en esos dos años. “Aunque el volumen de los procedimientos de reintegro no es poco importante”, insiste el Defensor.
Hay que tener en cuenta además a qué hogares alcanzan estas devoluciones: familias en situación de pobreza, que son las que pueden recibir el ingreso mínimo vital. “La precariedad socioeconómica de partida” en la que se suelen encontrar los hogares “se ve agravada” entonces por estos requerimientos legales, “incluso en el supuesto de que hubieran creído actuar en todo momento correctamente y de buena fe y el cobro hubiese continuado por error administrativo o por retraso en la tramitación de los procedimientos”, explica el Defensor.
Laura M. R., beneficiaria del IMV con dos hijos a cargo, explica que se enteró de que tenía una deuda con la Seguridad Social porque le “quitó de golpe” la cantidad del IMV de un mes de agosto. “Me creó un problema enorme con el dueño del piso”, explica la mujer, que asegura que ese agosto no pudo pagar el alquiler ni los suministros. Asegura que no recibió la carta que le informaba de esta situación. “Agradezco que el Estado me dé una ayuda, pero que no me haga la vida más difícil. Si se han equivocado, que me avisen, pero no se puede dejar a una persona así”, denuncia.
Rkia explica que tiene una deuda con la Seguridad Social de “2.500 euros” por el ingreso mínimo que percibió en 2020 y 2021, pero no fue consciente de ello “hasta 2024”, sostiene. “Dicen que me mandaron la carta a un antiguo domicilio que tuve, pero ya no vivía ahí y no la recibí. No puedo pagar ese dinero, tengo juicio en unos días”, afirma.
Rkia apunta que recibió el IMV hasta 2022, aunque ese año con menor cuantía, y que en 2023 encontró trabajo. Cuando en 2024 enfermó y perdió su empleo, RKia explica que volvió a solicitar el IMV. “Después de muchos meses, me lo reconocieron, pero no me lo pagan porque tenía esta deuda”, dice. “No me entra en la cabeza cómo pueden revisar las cosas tanto tiempo después. Que el IMV lo reconozcan teniendo en cuenta cómo estaba un año antes. Mi 2024 fue horrible, pero en 2023 me fue bien. No tiene sentido”, critica la mujer.
La media: devolver diez meses de IMV
El informe recoge que la media de los períodos reclamados abarca “en la gran mayoría de supuestos un período de diez mensualidades” de ingreso mínimo vital. Casi un año.
La Seguridad Social relaciona este periodo con las revisiones anuales de renta, que “ha de esperar” a la consolidación de los datos de la declaración por parte de la Agencia Tributaria. Sin embargo, el Defensor del Pueblo subraya que “no queda claro” el periodo de tiempo que transcurre desde que la Seguridad Social tiene la información actualizada y hasta que se inicia la reclamación de la deuda.
Las cuantías del IMV puedan ser reducidas, pero “la suma de mensualidades” y “el requerimiento de reembolso practicado inicialmente de una sola vez” abocan a “una situación insostenible a muchos afectados, para quienes la percepción de una de esas prestaciones ha servido apenas para sufragar los gastos de su día a día”, destaca el informe.
En el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones responden que son “sensibles a las situaciones que se pueden producir y que afectan a las personas más vulnerables de la sociedad”, por lo que destacan que se han puesto en marcha reformas “para minimizar los procedimientos de reintegro y para que no se acumule la deuda”. Por ejemplo, que de manera anual, “no se reclaman las deudas que no superen el 65% de la cuantía mensual de las pensiones no contributivas, cuando en la unidad de convivencia haya, al menos, un beneficiario menor de edad”.
Aunque el Defensor del Pueblo reconoce que la Seguridad Social ha aprobado varias modificaciones para “minimizar el impacto de la obligación de reintegro”, y reconociendo su deber de una “adecuada gestión de los recursos económicos públicos”, la institución concluye que el actual sistema todavía “afecta de manera desproporcionada a varios colectivos vulnerables” y pide una reforma legal para reducir los reintegros y las cuantías exigidas a estos hogares.
Por ejemplo, la institución reclama que se analice no reclamar deudas cuando “media error de la Administración, y no puede acreditarse mala fe del beneficiario”, siguiendo la jurisprudencia europea de 2018 que está empezando a aplicar el Tribunal Supremo en varias sentencias. O “introducir una retroactividad máxima”, como por ejemplo tres meses.
Para las revisiones anuales, el Defensor propone que se aborden medidas para disponer lo antes posibles de los datos fiscales actualizados y establecer un periodo máximo desde ese conocimiento hasta que se inicia la reclamación del reintegro (para no engordar la deuda), entre otras.
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