Mercado inmobiliario
La Ley de Vivienda recorta un 25% la oferta de alquiler tradicional
La Agencia Negociadora del Alquiler asegura que los propietarios optan si pueden por el de temporada y el de habitaciones
La Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) calcula que la Ley por el Derecho a la Vivienda ha provocado un descenso del 25% de la oferta de alquiler tradicional en beneficio de los pisos de temporada y de habitaciones, con el consiguiente incremento de los precios del mercado.
Según, José Ramón Zurdo, director general de ANA y abogado experto en arrendamientos, la causa de este trasvase radica en el diferente grado de intervencionismo que tienen actualmente el alquiler de temporada y el alquiler tradicional. «Un alquiler intervenido, como ocurre actualmente con el alquiler tradicional, origina una desconfianza e inseguridad entre los arrendadores, tanto particulares, como institucionales, que ven cómo se les ponen límites a sus inversiones y por ello huyen nada más que pueden de este tipo de alquileres, bien hacia la compraventa, o bien hacia otras formas de arrendamientos menos intervenidas, como pueden ser en este caso concreto, los arrendamientos de temporada».
Zurdo asegura que el aumento de los alquileres de temporada se está produciendo porque «al ser arrendamientos menos intervenidos, los arrendadores los prefieren porque pueden fijar libremente las rentas, no existen prórrogas obligatorias, las actualizaciones de rentas, si las hubiere, son libres, pueden recuperar antes la posesión de las viviendas arrendadas o no existen zonas tensionadas».
Zurdo cree que «todos los arrendadores que quieren salirse del alquiler tradicional hacia otro tipo de arrendamientos son precisamente los que podrían generar más oferta en el mercado del alquiler tradicional para que bajaran los precios, y en cambio la reducen por el intervencionismo exagerado al que ven sometidos sus alquileres»
Según el directivo de ANA, «el verdadero problema del alquiler no está en la demanda sino en la oferta, y vemos como las últimas medidas adoptadas por el Gobierno excitan de sobremanera a la demanda y en cambio penalizan a los que puede hacer aumentar la oferta de viviendas, que son los arrendadores».
A pesar de este trasvase, Zurdo aclara que no es tan sencillo y que puede tener consecuencias muy importantes para los arrendadores cuando suscriben alquileres de temporada «sin obedecer la temporalidad de los inquilinos a una causa concreta y cierta». Según avisa, es ilegal justificar la temporalidad de los arrendamientos solo basándose en su duración. La residencia temporal de los arrendatarios en las viviendas tiene que obedecer a una causa concreta y cierta que debe reflejarse en los contratos, ya sean los motivos de la temporalidad de los inquilinos de tipo laboral, por estudios, motivos vacaciones, médicos... Pero siempre, insiste Zurdo, debe haber una causa que justifique la temporalidad.
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