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Vivienda

Estas son las razones por las que los suministros deben estar a nombre del inquilino

La normativa vigente establece que el propietario está obligado a dar de alta los suministros de la vivienda o cambiar su titularidad

Contadores eléctricos Eduardo ParraEuropa Press

Los suministros de una vivienda son aquellos servicios indispensables, como el agua, la energía o el gas, que son necesarios para que una persona pueda llevar a cabo una vida normal. Estos se suman a la larga lista de gastos ineludibles a los que se deben hacer frente cuando una persona alquila o compra una vivienda. No obstante, cuando se firma un contrato de alquiler, suele surgir la duda de quién debe hacerse cargo de los suministros, si el casero o el inquilino, así como quién debe ser el titular de los mismos.

En el contrato de alquiler se incluyen los derechos y obligaciones tanto del inquilino como del casero, por lo que en este documento también se establece quién debe encargarse de pagar los suministros. Las partes firmantes de un contrato de arrendamiento deben tener claro que según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en todos los contratos se refleja que el propietario está obligado a dar de alta los suministros de la vivienda o cambiar su titularidad. Por tanto, aquí surge la duda de si cambiar la titularidad de los suministros a nombre del inquilino o dejarlos a nombre del casero y que el inquilino los vaya abonando. Pero, ¿cuál es la mejor opción para ambas partes?

"El cambio de titularidad es beneficioso para las dos partes siempre. Por un lado, el propietario cederá esa titularidad y no tendrá que preocuparse hasta el momento en que el inquilino deje de habitar la vivienda", explican desde el portal inmobiliario pisos.com.

En el caso del inquilino, es más "cómodo" tener los suministros a su nombre, ya que no solo se le cobrarán los recibos directamente sin necesidad de un intermediario; sino que también podrá contratar la compañía y la tarifa que más se adapte a sus necesidades. Desde el portal inmobiliario aseveran que "para poder llevar a cabo un cambio de titularidad, lo primero es estar al corriente del pago de las facturas, ya sean de luz, agua o de gas".

Si se decide no cambiar la titularidad y el inquilino deja de pagar la luz o el agua, la deuda se cobrará al titular del contrato de suministro, es decir, el casero. En tal caso, se deberá reclamar lo impagado por la vía judicial y no cortar los suministros o tomar otras medidas, ya que eso podría tener consecuencias perjudiciales para el dueño de la casa. "Todo esto se evitará si el inquilino tiene todo a su nombre, pues será él quien responda, y el propietario se verá liberado de esa carga", señala el portal inmobiliario.

Por todo ello, el alquiler y los suministros deberán estar a nombre de la persona que alquila la propiedad, dejándolo por escrito en el contrato. "Llevar a los tribunales una situación de impago requiere tiempo y dinero, algo que se puede evitar si se actúa con sentido común", sentencian desde pisos.com.