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IRPF
Nueva casilla para las criptomonedas en la declaración de la Renta
Desde Hacienda llevan un tiempo estudiando cómo adaptar la fiscalidad a estas nuevas tendencias tecnológicas
La cita anual de cientos de miles de contribuyentes con la Agencia Tributaria está ya a la vuelta de la esquina, ya que a partir del próximo día 6 de abril comenzará la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2021, hasta el 30 de junio, en el que estos trabajadores deberán presentar la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Patrimonio.
El IRPF es un impuesto que debe ser abonado por las personas físicas residentes en España por todos los beneficios o rentas que hayan obtenido a lo largo del año fiscal. En este sentido se deberán declarar todos los ingresos netos obtenidos tales como las nóminas, los rendimientos del capital mobiliario como los alquileres o incluso las ganancias patrimoniales como la lotería u operaciones con criptomonedas.
En este sentido, cada vez son más las personas que deciden invertir en criptomonedas y otros criptoactivos, no obstante, esto supone un “deporte de riesgo” en el que los inversores deben enfrentarse a numerosos peligros existentes y asumir las posibles consecuencias de esta acción.
Por tanto, desde Hacienda llevan un tiempo estudiando cómo adaptar la fiscalidad a estas nuevas tendencias tecnológicas y es por ello que, el año pasado la Ley contra el fraude fiscal incluyó el control fiscal sobre el mercado de las criptodivisas con nuevas obligaciones sobre la tenencia y operaciones de monedas virtuales.
La necesidad de informar acerca de los salarios u operaciones obtenidas a través de las monedas virtuales y su fuerte incremento de actividad ha sido decisivo para que la Agencia Tributaria introduzca este año una novedad en el modelo de declaración de la Renta.
En este documento aparecerá un apartado para identificar los saldos de monedas virtuales, en vez del apartado genérico de demás bienes y derechos de contenido económico en los que hasta ahora se tenían que incluir estas monedas. De esta forma, facilitará al contribuyente su declaración y ubicación en el documento de estas monedas virtuales, no físicas.
Estas modificaciones que se aplicarán en la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2021, persiguen mejorar la asistencia del contribuyente y limitar los requerimientos de estas personas para así obtener una administración tributaria más eficiente.
Otras casillas a tener en cuenta
- Rehabilitación: Una de las principales mejoras son las deducciones de la cuota íntegra de las bonificaciones por obras de mejora de la eficiencia energética de vivienda, introducidas para impulsar la parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En este sentido, las deducciones van desde el 20% hasta el 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas, con diferentes bases máximas por vivienda y tipo de intervención.
- Alquiler de los grandes tenedores: Asimismo, la declaración también incluye una casilla para que aquellas personas que tienen en propiedad un máximo de 10 inmuebles o menos de 1.500 metros cuadrados construidos, es decir, “los arrendadores distintos de los grandes tenedores”; puedan consignar como gasto deducible la rebaja de la renta que voluntariamente hubiesen aplicado sobre sus locales alquilados tras el coronavirus.
- Subvenciones y ayudas públicas: El modelo 100 también ha incluido otra mejora en la que los contribuyentes pueden imputar estas subvenciones y ayudas por cuartas partes, en el período impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes. En los años sucesivos, el servicio de tramitación del borrador de la declaración informará de las cantidades pendientes de imputar en los próximos periodos impositivos.
- Distinciones en las aportaciones individuales: Asimismo, Hacienda ha establecido una diferencia en los periodos impositivos de 2016 a 2020 entre las aportaciones individuales de las empresariales imputadas por el promotor pendientes de reducción a 1 de enero de 2021 en la base imponible. Las aportaciones y contribuciones correspondientes al ejercicio 2021 también tendrán esta separación para la aplicación de los nuevos límites establecidos en el artículo 52 de la ley.
- Inversiones en producciones cinematográficas: Además, este ejercicio recoge la posibilidad de que los contribuyentes que realicen una actividad económica, tanto en calidad de productores o financiadores, puedan aplicar las deducciones por inversiones en producciones cinematográficas españolas de largometrajes y cortometrajes, así como por la producción de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.
- Impuesto sobre el patrimonio: Hacienda dentro de este impuesto sobre el patrimonio extiende a todos los no residentes el derecho a la aplicación de la normativa propia aprobada por la autonomía donde radique el mayor valor de los bienes y derechos de que sean titulares y por los que se exija abonar el tributo.
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